Significado de Referéndum
Sustantivo masculino. Del latín referendum, gerundio de referre, «llevar de vuelta, someter a consulta».
Un referéndum es una consulta directa a la ciudadanía para que apruebe o rechace mediante el voto una decisión política, una norma o una reforma concreta.
Se distingue de unas elecciones ordinarias en que no elige personas para un cargo, sino que se pronuncia sobre un asunto específico planteado, casi siempre, en forma de pregunta cerrada.
Qué es un referéndum
El referéndum es el instrumento más característico de la democracia directa dentro de sistemas que, en general, funcionan de forma representativa: en lugar de que decidan los representantes elegidos, la decisión sobre un asunto concreto se traslada directamente al conjunto de la ciudadanía mediante el voto. Puede convocarse para ratificar una reforma constitucional, aprobar o rechazar un tratado, decidir sobre una cuestión territorial o pronunciarse sobre cualquier otro asunto que el ordenamiento permita someter a consulta.
Según el sistema, el resultado de un referéndum puede ser vinculante —de obligado cumplimiento para las instituciones— o meramente consultivo, es decir, orientativo, sin que las autoridades estén jurídicamente obligadas a seguirlo, aunque en la práctica un resultado consultivo con alta participación suele generar una fuerte presión política para respetarlo.
Quién puede convocar un referéndum, sobre qué materias puede versar, qué mayoría se exige para que el resultado sea válido y si es vinculante o consultivo son cuestiones que cada ordenamiento regula de forma distinta; esta es una explicación general de teoría política y no describe las reglas concretas de ningún país en particular.
Origen de la palabra referéndum
Del latín referendum, gerundio del verbo referre, «llevar de vuelta, remitir, informar»: literalmente, «lo que debe someterse» o «lo que ha de comunicarse». El término se usaba originalmente en el ámbito diplomático, para referirse a un asunto que un representante debía consultar antes de decidir.
El uso político del término, ligado a la consulta directa a la ciudadanía, se popularizó sobre todo a partir del siglo XIX, cuando distintos países empezaron a incorporar mecanismos de democracia directa junto a sus instituciones representativas. Del latín pasó, prácticamente sin cambios, al español y a otras lenguas modernas.
Tipos de referéndum
Según su efecto jurídico y su origen, se distinguen varios tipos de referéndum:
| Tipo | En qué consiste |
|---|---|
| Referéndum vinculante | Su resultado obliga jurídicamente a las instituciones a aplicarlo. |
| Referéndum consultivo | Su resultado orienta a las instituciones, pero no las obliga formalmente a seguirlo. |
| Referéndum obligatorio | La norma exige someter a consulta ciertas decisiones, como determinadas reformas constitucionales. |
| Referéndum facultativo | Se convoca por decisión de una autoridad o a petición ciudadana, sin que sea una exigencia legal previa. |
Ejemplos de uso de referéndum
La reforma constitucional se sometió a referéndum antes de entrar en vigor.
El resultado del referéndum fue ajustado, con una diferencia muy pequeña entre las dos opciones.
El gobierno convocó un referéndum consultivo sobre la obra pública.
El politólogo explicó la diferencia entre un referéndum vinculante y uno consultivo.
La participación en el referéndum superó las previsiones iniciales.
Sinónimos y palabras relacionadas
Sinónimos: consulta popular, plebiscito (en algunos países, con matices propios).
Antónimos: no tiene antónimo directo; se contrapone a «decisión representativa» o «decisión parlamentaria».
No es lo mismo que:
- Elecciones: eligen a personas para ocupar un cargo representativo; el referéndum se pronuncia sobre una cuestión concreta, no sobre candidatos.
- Plebiscito: en muchos países se usa como sinónimo de referéndum, aunque en algunos ordenamientos se reserva para consultas sobre cuestiones de soberanía o de forma de gobierno, distintas de otras materias normativas.
- Sufragio: es el derecho y el acto de votar en general, que se ejerce tanto en elecciones como en un referéndum; el referéndum es una de las formas en que se ejerce el sufragio, no un sinónimo de él. Ver sufragio.
Preguntas frecuentes sobre el referéndum
¿Un referéndum siempre es obligatorio de cumplir?
No. Depende de si el ordenamiento lo configura como vinculante o como consultivo. En el primer caso, el resultado obliga jurídicamente a las instituciones; en el segundo, las orienta sin obligarlas formalmente, aunque un resultado claro suele generar una fuerte presión política para respetarlo.
¿Qué diferencia hay entre referéndum y plebiscito?
En muchos países se usan como sinónimos. Donde se distinguen, el plebiscito suele reservarse para consultas sobre cuestiones de soberanía, de forma de gobierno o de legitimidad de una autoridad, mientras que el referéndum se aplica a un abanico más amplio de decisiones normativas.
¿Cualquier tema puede someterse a referéndum?
No necesariamente. Muchos ordenamientos limitan las materias que pueden consultarse de este modo, o exigen requisitos específicos para convocarlo, precisamente para evitar que se use como sustituto habitual del proceso legislativo ordinario. Esas reglas cambian de un país a otro.